Ante el creciente uso de subsidios distorsionadores que alteran el comercio internacional, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo decidió actualizar y poner a tono con el mercado global los procedimientos para la aplicación de los derechos compensatorios adoptando cambios normativos para este mecanismo.
A través del Decreto 653 del 27 de abril del 2022, el Ministerio de Comercio, modernizó las normas que regían en el país para la aplicación de los derechos compensatorios, que se remontan a 27 años atrás, en el Decreto 299 de 1995. Este es un valioso instrumento de defensa comercial con que cuenta el aparato productivo nacional para competir en condiciones equitativas.
“Era necesario realizar estas actualizaciones e incluir las disposiciones que regulan el proceso para la aplicación de un derecho compensatorio que prevé el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la Organización Mundial del Comercio. Igualmente, consideramos indispensable adecuar esos procesos a los cambios que ha surtido el comercio internacional a lo largo de estos años”, dijo la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana.
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La funcionaria explicó que “si bien este mecanismo existe desde hace varias décadas, es el menos usado en el mundo. En Colombia solo se ha aplicado una vez, en 2020. A raíz de su uso casi nulo, no habíamos avanzado en este camino, pero hoy, con los cambios aprobados, tenemos otra herramienta modernizada de defensa comercial”.
¿En qué consiste la actualización adoptada por Clombia?
En primer lugar, cabe aclarar que un derecho compensatorio es un tributo aduanero que se impone luego de que, a través de una investigación adelantada por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio, se comprueba que sí hubo daño a una rama de la producción nacional. Este tributo es adicional al arancel establecido para el bien que sea objeto de la medida.
Entre los cambios que trae el Decreto está el que las solicitudes de investigación que haga el sector privado, así como las pruebas de la subvención, del daño y de la relación causal entre las importaciones supuestamente subvencionadas y el presunto daño, se presentarán a través del aplicativo electrónico o web dispuesto para estos procesos.
La norma también reduce a la mitad (de un mes a 15 días) el plazo que tiene el país para brindar la oportunidad de las consultas del caso y aclarar las razones por las cuales se ha solicitado la imposición de la medida.
Para mayor información puede consultar el Decreto aquí: