Según sondeo realizado a los comerciantes afiliados a Fenalco Atlántico, el porcentaje de contratación formal a venezolanos aumentó con respecto a 2016, pero no lo suficiente para contrarrestar el incremento de la informalidad laboral generado, en gran parte, por la llegada masiva de venezolanos a la ciudad en busca de oportunidades.
De igual forma, las exigencias de los empresarios a la hora de contratar personal son altas y la reglamentación legal es el mayor limitante para contrataciones formales. Por tal razón, la brecha de la informalidad laboral aumentó a un 33,8% teniendo en cuenta que el porcentaje de 2016 fue del 13,6%.
Entre los tipos de contratos ofrecidos a venezolanos están:
Contrato verbal | 26,7% |
Contrato por obra o labor | 19% |
Prestación de servicio | 20% |
Termino indefinido | 17% |
Termino fijo | 11% |
Contrato por aprendizaje | 6,3% |
Del 26,7% de los empresarios que optaron por ofrecer un contrato verbal se destacan las actividades económicas de comercialización de productos industriales, de bolsos, calzado, venta de comida, mantenimiento de aparatos eléctricos y servicio en peluquerías/barberías.
Con respecto a la remuneración laboral, se evidenció que el 46,2% de los empresarios pagan 1 salario mínimo vigente; el 30,8% opta por ofrecer un salario entre 1’000.000 a 2’000.000 millones de pesos; el 15,4% paga entre 2’000.000 a 3’000.000 millones de pesos y solo el 7,7% paga más de 3’000.000 millones de pesos.
Venezolanos trabajando en Barranquilla
Finalmente, el 48% de los empresarios encuestados manifestaron que la mano de obra de los venezolanos es cualificada y especializada, pero el 81,8% consideró que debe existir una política pública que limite su entrada a Colombia, pues el mercado laboral, el comercio formal e indicadores sociales están siendo perjudicados.
“Invitamos a los empresarios formales a que si deciden contratar extranjeros lo hagan de forma legal cumpliendo con todos los requisitos que las leyes colombianas exigen con el fin de evitar sanciones por parte de las entidades de control”, aseguró Héctor Carbonell, director ejecutivo de Fenalco Atlántico.
Toda persona, natural o jurídica que vincule, contrate, emplee o admita un extranjero mediante cualquier modalidad, está en la obligación de exigirle al extranjero la presentación de la visa que le permita desarrollar la actividad, ocupación u oficio y el empleador del foráneo debe informar a Migración Colombia del inicio y terminación de labores dentro de los 15 días posteriores a la contratación.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del empleador, se constituye en causal de infracción migratoria y tiene como consecuencia la imposición de una multa, que puede ir desde 1 hasta los 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, desde $737.717 hasta un valor que supera los 11 millones de pesos.
Así mismo las actividades para las que más han contratado venezolanos los empresarios son:
- Construcción y adecuaciones locativas (34,5%)
- Limpieza (27,6%)
- Asistencia técnica (17,2%)
- Comercial y marketing (10,3%)
- Bodega (6,9%)
- Gerencia (3,4%).