Estas fueron dos de las determinaciones del Ministerio de Transporte que se desprenden de la Resolución 718, del 22 de marzo, por la cual se reglamentan los criterios técnicos para la instalación y operación de medios técnicos o tecnológicos para la detección de presuntas infracciones al tránsito (conocidos popularmente como ‘Fotomultas’) y se dictan otras disposiciones.
“Con estas decisiones y el acatamiento de la ley por parte de todos los ciudadanos queremos reducir los índices de accidentalidad y hemos atendido el clamor ciudadano. Ponemos punto final al abuso de los operadores de las fotomultas, pero para lograrlo necesitamos el compromiso de los ciudadanos, que entiendan que la vida en la vía es responsabilidad de todos”, afirmó el Ministro de Transporte, Germán Cardona.
Según información del SIMIT (sistema integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito), en los últimos ochos años se impusieron en Colombia, por fotodetección, 7.577.039 comparendos por esta vía. Solo en enero de 2018 se impusieron 88.617.
“Esperamos que operadores, agentes de tránsito, conductores, tengan un comportamiento ejemplar, legal y transparente en las carreteras del país. Estamos convencidos de que con esta medida seguiremos previniendo accidentes. Pero lo más importante, estamos evitando un uso indiscriminado de estos medios tecnológicos de foto-detección de infracciones”, agregó Cardona.
¿Qué debe hacer el ciudadano?
La actualización de datos en la página web del RUNT se puede hacer desde cualquier lugar del país, en línea, tiempo real y no tiene ningún costo. Cada vez que un ciudadano cambie de domicilio, debe realizar este proceso de actualización, con el fin de evitar futuros problemas contravencionales; no hacerlo no lo exonera de los comparendos y dicha actualización es un deber del ciudadano.
La norma también contempla los lineamientos técnicos para la instalación y puesta en operación de los equipos electrónicos utilizados para la detección de presuntas infracciones de tránsito, atendiendo criterios enfocados a favorecer la seguridad vial y prevenir la siniestralidad.
Una vez se haga esta solicitud, la Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio se pronunciará sobre la solicitud en un plazo de 60 días. La respuesta podrá ser: aprobación, negación o solicitud de ajuste. En caso de requerirlo, el solicitante tendrá un plazo no mayor a 10 días para realizarlo.
Las autoridades o concesionarios privados que pretendan instalar medios tecnológicos (cámaras, radares etc.) en vías nacionales, deberán adjuntar el permiso de uso de la infraestructura vial, expedido por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) o el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), según se trate de vías concesionadas o no.
Cifras de contexto
✓ Cifras de la Dirección de Tránsito y Transporte Policía Nacional, revelan que en 2017, el número de accidentes en las vías nacionales disminuyó 15,2%, con 53.932 incidentes, mientras que en 2016 totalizaron 63.591. El reporte deja ver que con respecto a víctimas fatales, estas bajaron desde 6.614 en 2016 a 6.084 en 2017, una disminución de 8%. Igualmente, en este número de accidentes la cifra de lesionados cayó 14% al registrarse en el último año 68.427, mientras que en 2016 alcanzó los 79.675.
ABC de ‘fotomultas’
Contar con un cuerpo de agentes de tránsito tal y como están definidos en la resolución