Turismo

Hotel El Prado no será afectado por fallo que afecta a Fontur: Mincomercio

La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 15 de la Ley 1753 de 2015, mediante el cual se ordenó la creación de un fondo que debía ser manejado por Fontur, de manera transitoria, y a través del cual se permitiría el pago de pasivos pensionales y labores de hoteles de propiedad de la nación.

Si bien el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Fontur no conocen oficialmente los alcances de la decisión, aclararon mediante comunicado que en ningún caso se afecta el proceso de recuperación del Hotel El Prado ni el contrato recientemente celebrado, mediante el cual se entregó en concesión para su administración y operación, por 30 años.

Dicho contrato previó el giro de recursos por parte del concesionario para atender estos pasivos.

Temporalmente, y mientras ingresan los recursos de la concesión, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y FONTUR estudian las alternativas que permitan manejar estas partidas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y pensionales del hotel.

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