El Gobierno Nacional anunció que ha reforzado sus acciones desde diversos frentes para prevenir y contrarrestar el contrabando de acero y aluminio.
Este lunes se detallaron esas medidas tras la reunión del Comité de Seguimiento al Contrabando que conforman el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la Policía Fiscal y Aduanera (POLFA) y la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, Maria Lorena Gutiérrez, advirtió que más allá de los efectos económicos nocivos que acarrea el contrabando de acero y aluminio, existe el riesgo de que en las construcciones se utilicen materiales que no cumplan con los requisitos técnicos y que, por ende, pongan en riesgo la vida de quienes habitan estas edificaciones.
“Si hacen edificios con barras que no cumplen los requisitos de sismorresistencia esas construcciones se pueden llegar a caer. Hago un llamado a todos los constructores y a la sociedad en general para que no compren esos productos. Es un tema de responsabilidad” señaló la ministra Gutiérrez.
Contra el contrabando de acero y aluminio
La Ministra detalló, conjuntamente con el director de la DIAN, Santiago Rojas, el comandante de la POLFA, general Juan Carlos Buitrago y el director de la UIAF, Juan Francisco Espinosa, las acciones que se están emprendiendo en la lucha contra el contrabando de acero, aluminio y chatarra.
Si hacen edificios con barras que no cumplen los requisitos de sismorresistencia esas construcciones se pueden llegar a caer.
Estas son las acciones que están en marcha:
- 1. Seguimiento semanal a las importaciones de 72 posiciones arancelarias que incluyen acero, aluminio y chatarra, con el fin de verificar comportamientos inusuales.
- 2. Quienes realicen importaciones de productos que formen parte de estas 72 posiciones, tendrán que hacer declaración anticipada de lo que van a traer a Colombia. Esta semana se publicará la respectiva resolución para comentarios.
- 3. Aumento en las inspecciones físicas a este tipo de carga.
- 4. Los gremios del sector han asignado observadores aduaneros que verifican que los productos de hierro y acero correspondan a lo declarado y cumplan con los reglamentos técnicos. Los importadores deben presentar los certificados de conformidad que exige la ley y, si es necesario, se elevarán los estándares de los reglamentos técnicos. Ya hay observadores en Santa Marta, Barranquilla, Cartagena y Buenaventura y existe la posibilidad de extender la figura a Ipiales y Cúcuta.
- 5. Se ha hecho un perfilado de 45 empresas que podrían estar incurriendo en prácticas de contrabando técnico (documentación que no corresponde a la realidad de lo importado) o incluso contrabando abierto. Estas empresas serán sometidas a un riguroso proceso de investigación por parte de la DIAN y la POLFA.
- 6. La semana pasada la DIAN y la POLFA realizaron una ofensiva en 15 ciudades con 109 procedimientos, que permitió la aprehensión de 123 toneladas de metal de contrabando entre aluminio, hierro, barras corrugadas y tubos de acero.
- Aranceles impuestos por Estados Unidos
En esta misma línea, la Ministra Gutiérrez informó sobre los resultados obtenidos durante su reunión con su homólogo de Estados Unidos, Wilbur Ross, celebrada el fin de semana en Lima (Perú), en el marco de la Cumbre de las Américas.
La Ministra Gutiérrez indicó que durante la reunión “Estados Unidos manifestó su preocupación por la sobreproducción mundial de acero” y añadió que ese país expresó su interés en que Colombia sea un socio estratégico en la lucha contra el comercio ilícito de esos productos.
El Ministerio de Comercio ha adoptado, desde tiempo atrás, medidas antidumping para varias partidas arancelarias de acero y aluminio, especialmente procedentes de China. Igualmente se han aplicado salvaguardias y los reglamentos técnicos a las importaciones.
Dentro de esas acciones que ha adoptado el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se cuenta la expedición del Decreto 637 el 11 de abril a través del cual se exige un Certificado de Origen No Preferencial a los productos que estén cobijados con derechos antidumping vigentes y con medidas de salvaguardias, esto con el objeto de que demuestren que los bienes provienen del país de origen declarado.