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Tener al día la Cámara de Comercio es no ‘dar papaya’

Los comerciantes tienen responsabilidades ante la ley que les ofrecen más oportunidades que desventajas. Sin embargo, todavía hay quienes hacen caso omiso a las recomendaciones de las entidades encargadas de vigilar por el cumplimiento de estos deberes, entre ellas la Cámara de Comercio de Barranquilla.

Recientemente finalizó la jornada de renovación de Matrícula Mercantil ante la Cámara de Comercio de Barranquilla, que dispuso diversos medios para el proceso de pago de la actualización del Registro hasta el 31 de marzo, pese a lo cual una cantidad considerable de empresarios y comerciantes no cumplieron con esta obligación, exponiéndose entre otras cosas al cierre de su establecimiento por parte de la Policía Nacional como lo establece el Código de Policía vigente.

Es importante que los comerciantes tengan muy presente la renovación de permisos y licencias que garanticen ante la ley el normal funcionamiento de su negocio, entre otros, el uso del suelo ante el Distrito, el pago de derechos de autor a Sayco y Acinpro o incluso el Certificado Bomberil, dependiendo del tipo de la actividad comercial que se ejerza.

El mejor negocio para los comerciantes es mantener todos sus documentos incluyendo el Registro Mercantil al día, es decir “no dar papaya”. A la vez que se evitan los inconvenientes de posibles cierres del establecimiento o multas impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio, cuentan con muchos beneficios.

Lo primero es que en la Cámara de Comercio se mantienen actualizados sus datos para brindarles un mejor servicio, por cuanto se conoce el domicilio del establecimiento, la actividad que realiza, los datos de contacto y otros de importancia.

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Además, tener al día el Registro Mercantil le abre al empresario la posibilidad de participar en convocatorias públicas y privadas, y es requisito indispensable para establecer oportunidades de negocio tanto nacionales como internacionales, convirtiéndose en proveedor de empresas grandes o medianas.

Adicional a ello, la Cámara de Comercio de Barranquilla dispone de un amplio portafolio de servicios a los que tienen acceso los empresarios que cumplan con la obligación de tener al día su Registro Mercantil, por lo cual lo mejor es cumplir con esta obligación.

Para ayudar a los comerciantes para que no les caiga el peso de la ley en cualquier momento, la Cámara anunció recientemente que seguirán abiertos permanentemente los diferentes canales dispuestos para que tengan al día su Registro Mercantil.

Es así como la plataforma de la sucursal virtual www.camarabaq.org.co sigue abierta para pagos con tarjeta débito o para descargar el formulario y pagar en los bancos de Bogotá, Bancolombia y corresponsales bancarios; también el servicio de Agentes Móviles que acuden al domicilio del comerciante para realizar el trámite sin costo adicional y los Puntos Empresario de: Buenavista, Puerta de Oro, Centro, Soledad y Sabanalarga, para los que deseen hacerlo de manera presencial.

Lo que establece el Código de Policía

Los comerciantes que no cumplan con las normas establecidas en el Código Nacional de Policía y Convivencia no solo están expuestos a las sanciones de ley, sino que también pueden ser objeto de intervención directa de las autoridades policiales, quienes están facultadas para ingresar a cualquier establecimiento y exigir la documentación pertinente, la cual debe estar debidamente actualizada, so pena de verse expuestos al cierre inmediato del lugar.

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El Artículo 87 del Código, establece que “es obligatorio, para el ejercicio de cualquier actividad: comercial, industrial, de servicios, social, cultural, de recreación, de entretenimiento, de diversión; con o sin ánimo de lucro, o que siendo privadas, trasciendan a lo público; que se desarrolle o no a través de establecimientos abiertos o cerrados al público, además de los requisitos previstos en normas especiales, cumplir previamente a la iniciación de la actividad económica los siguientes requisitos:

  • 1.      Las normas referentes al uso del suelo, destinación o finalidad para la que fue construida la edificación y su ubicación.
  • 2.      Mantener vigente la matrícula mercantil de la Cámara de Comercio de la respectiva jurisdicción donde se desarrolle la actividad.
  • 3.      La comunicación de la apertura del establecimiento, al comandante de estación o subestación de Policía del lugar donde funciona el mismo, por el medio más expedito o idóneo, que para tal efecto establezca la Policía Nacional.
  • 4.      Para la comercialización de equipos terminales móviles se deberá contar con el permiso o autorización expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado”.
  • 5.      El Código establece que “los anteriores requisitos podrán ser verificados por las autoridades de Policía en cualquier momento, para lo cual estas podrán ingresar por iniciativa propia a los lugares señalados, siempre que estén en desarrollo de sus actividades económicas”.
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Facultades para el cierre del establecimiento

Esto, dicho en otras palabras, quiere decir que la Policía puede imponer medidas que hagan respetar esta ley en caso de encontrar inconsistencias en los documentos respectivos.

Vale señalar que, en todo el País, el plazo para la renovación del Registro Mercantil venció el pasado 31 de marzo con respuesta positiva generalizada. En Barranquilla, la Cámara de Comercio informó que más de más de 33 mil empresarios cumplieron con esta obligación. Sin embargo, hay quienes no lo han hecho y que deben evitar el accionar de la Policía que podría cerrarles su actividad comercial.

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De hecho, las instrucciones que tiene esta Entidad en todo el territorio nacional es adelantar operativos tendientes a hacer cumplir lo establecido en el Código Nacional de Policía y Convivencia, entre ellos lo referente a tener al día los documentos requeridos para el funcionamiento de los establecimientos comerciales.

De modo que los comerciantes que hasta el momento no han renovado su Matrícula Mercantil están expuestos a que en cualquier momento la Policía ingrese a sus establecimientos y les suspenda la actividad de manera inmediata, hasta tanto no hagan el trámite para ponerse al día con este documento.

Vale señalar que además del posible cierre del local por parte de la Policía, los comerciantes que no tengan su Registro Mercantil actualizado también pueden ser sancionados con multas pecuniarias establecidas por la Superintendencia de Industria y Comercio.  Por lo tanto, renueve su Cámara de Comercio, ¡no de papaya!

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